Finiquito y liquidación: la diferencia
El finiquito es lo que te deben siempre que termina tu trabajo, sin importar si renunciaste o te despidieron: lo que ya ganaste y no te han pagado. La liquidación es el finiquito más una indemnización, y solo te corresponde si te despiden sin una causa justificada.
Qué incluye tu finiquito
- Salario pendiente: los días que trabajaste después de tu último pago.
- Aguinaldo proporcional: la parte de los 15 días (o los que dé tu empresa) que corresponde a lo que trabajaste en el año.
- Vacaciones: las proporcionales del año de servicio en curso, más las de años anteriores que no disfrutaste.
- Prima vacacional: al menos el 25 % de lo que te paguen por vacaciones.
- Prima de antigüedad: solo si te despiden, o si renuncias con 15 años o más en la empresa.
Cuántos días de vacaciones te tocan
Desde la reforma de 2023 al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, las vacaciones empiezan en 12 días. Si sales antes de cumplir el año de servicio, te pagan la parte proporcional de los días de ese año.
| Año de servicio | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
| 21 a 25 | 28 |
| 26 a 30 | 30 |
Prima de antigüedad
Son 12 días de salario por cada año trabajado (artículo 162). El salario que se usa tiene un tope: el doble del salario mínimo, que en 2026 es de $630.08 al día en la zona general y de $881.74 en la frontera norte. Si ganas más, se calcula con el tope.
Te toca siempre que te despidan, con o sin causa. Si renuncias, solo te toca si tienes 15 años o más en la empresa.
Si te despidieron sin causa justificada
Además del finiquito y la prima de antigüedad, te corresponde una indemnización de tres meses de salario (artículos 48 y 50). Se calcula con el salario integrado, que suma a tu salario diario la parte proporcional de prestaciones como el aguinaldo y la prima vacacional. La calculadora lo estima con esas dos; si además recibes vales, bonos u otras prestaciones, tu salario integrado es mayor.
× salario diario integrado
Los 20 días de salario por año trabajado no se pagan en todos los despidos. Aplican en casos específicos, como cuando el patrón se niega a reinstalarte o cuando tú terminas la relación por una falta del patrón. Por eso en la calculadora es una casilla aparte.
Si te despidieron, tienes dos meses para reclamar (artículo 518). El primer paso es la conciliación en el centro de conciliación laboral. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) te asesora gratis.
¿El finiquito paga impuestos?
Una parte. El salario pendiente y las vacaciones pagan ISR como cualquier sueldo. Otras partes están exentas hasta cierto monto, medido en UMA ($117.31 al día en 2026):
- Aguinaldo: exento hasta 30 UMA, $3,519.30. Lo explicamos en la calculadora de aguinaldo.
- Prima vacacional: exenta hasta 15 UMA, $1,759.65.
- Indemnización y prima de antigüedad: exentas hasta 90 UMA por cada año trabajado, $10,557.90 por año.
Antes de firmar
- Pide el desglose por escrito, concepto por concepto, y compáralo con esta calculadora.
- No firmes hojas en blanco ni una renuncia que no escribiste.
- Revisa tus recibos de nómina: el sueldo y los días de aguinaldo y vacaciones deben coincidir.
- Si algo no cuadra, pregunta antes de firmar. La Profedet te orienta gratis.
Cuando lo cobres, decide antes a dónde va: si te quedas un tiempo sin ingreso, ese dinero es tu colchón. La calculadora de fondo de emergencia te ayuda a ver para cuántos meses te alcanza.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
El finiquito es lo que te deben siempre que termina tu trabajo, renuncies o te despidan: salario pendiente, aguinaldo y vacaciones proporcionales y prima vacacional. La liquidación es el finiquito más la indemnización que te corresponde si te despiden sin causa justificada: tres meses de salario integrado y la prima de antigüedad.
¿Si renuncio me toca prima de antigüedad?
Solo si tienes 15 años o más de antigüedad, según el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo. Si te despiden, te toca sin importar los años. Son 12 días de salario por cada año trabajado, con un tope de dos salarios mínimos al día.
¿Cuántos días de vacaciones me tocan?
Desde 2023, 12 días el primer año, 14 el segundo, 16 el tercero, 18 el cuarto y 20 el quinto. Del sexto al décimo año son 22, y después suben 2 días cada cinco años. Si sales antes de cumplir el año, te pagan la parte proporcional.
¿Cuánto es la indemnización por despido injustificado?
Tres meses de salario integrado, más la prima de antigüedad y tu finiquito. Los 20 días de salario por año trabajado solo se pagan en ciertos casos, por ejemplo cuando el patrón se niega a reinstalarte o cuando tú terminas la relación por una falta del patrón.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si me despidieron?
Dos meses desde el despido, según el artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo. El primer paso es la conciliación en el centro de conciliación laboral. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) te asesora gratis.
¿El finiquito paga impuestos?
Una parte. El salario y las vacaciones pagan ISR. El aguinaldo está exento hasta 30 UMA ($3,519.30 en 2026), la prima vacacional hasta 15 UMA ($1,759.65) y la indemnización y la prima de antigüedad hasta 90 UMA por cada año trabajado ($10,557.90 por año).
Actualizado el 2 de noviembre de 2026 con la Ley Federal del Trabajo vigente, los salarios mínimos 2026 de la CONASAMI y la UMA 2026 del INEGI. Contenido educativo; no es asesoría laboral ni fiscal. Cada caso puede tener prestaciones o condiciones distintas: para un caso concreto, consulta a la Profedet o a un abogado laboral.