¿Qué es el aguinaldo?
El aguinaldo es un pago anual que tu empresa te debe por ley. Según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, equivale a al menos 15 días de salario y te lo deben pagar antes del 20 de diciembre. Es un derecho: no depende de que a la empresa le haya ido bien ni de que tu jefe quiera dártelo.
Quince días es el mínimo. Muchas empresas dan 20, 30 o más; lo que diga tu contrato o el contrato colectivo es lo que te toca, siempre que no sea menos de 15.
Cómo se calcula el aguinaldo
Primero se saca tu salario diario: si te pagan al mes, divide tu sueldo entre 30; si te pagan por quincena, entre 15; si te pagan por semana, entre 7. Después multiplica ese salario diario por los días de aguinaldo.
× días de aguinaldo
Si ganas el salario mínimo general de 2026, que es de $315.04 al día, tu aguinaldo mínimo es de $4,725.60. En la Zona Libre de la Frontera Norte, con $440.87 al día, es de $6,613.05.
Si no trabajaste todo el año
Te toca la parte proporcional a los días que trabajaste en el año, aunque hayas renunciado o te hayan despedido antes de diciembre. La ley lo dice expresamente: tengas o no trabajo en esa empresa cuando se paga el aguinaldo.
× días trabajados ÷ 365
Si saliste de tu trabajo antes de diciembre, la parte proporcional del aguinaldo debe venir en tu finiquito. Revisa que aparezca.
¿El aguinaldo paga ISR?
Solo una parte. La Ley del ISR (artículo 93, fracción XIV) deja exento el aguinaldo hasta 30 veces la UMA diaria. La UMA de 2026 es de $117.31 al día (INEGI, vigente desde el 1 de febrero de 2026), así que:
= $3,519.30
Lo que pase de $3,519.30 es la parte gravada: sobre ella tu empresa te retiene ISR, y cuánto depende de tu sueldo. En el ejemplo de $6,000, los primeros $3,519.30 no pagan impuesto y los $2,480.70 restantes sí. Por eso el depósito suele ser un poco menor que el aguinaldo bruto.
Si tu aguinaldo completo es de $3,519.30 o menos, no te deben retener nada: lo recibes íntegro.
Si trabajas para el gobierno federal, tu aguinaldo se rige por otra ley y suele ser de 40 días de salario. Escribe esos días en la calculadora y confirma el monto con tu dependencia.
Qué hacer con tu aguinaldo
El aguinaldo llega justo antes de los gastos de fin de año y de la cuesta de enero. Antes de gastarlo, decide a dónde va cada peso:
- Deudas caras primero. Si debes en tarjetas, abonar ahí te ahorra intereses de inmediato. La calculadora para salir de deudas te dice en qué orden pagar.
- Tu fondo de emergencia. Si no tienes uno, el aguinaldo es un buen arranque. Calcula cuánto necesitas con la calculadora de fondo de emergencia.
- Los gastos de enero. Predial, inscripciones, seguros: apártalos antes de las compras de diciembre.
- Lo que sobre, para disfrutar sin culpa. Con un plan, gastar una parte también está bien.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es lo mínimo de aguinaldo en México?
La Ley Federal del Trabajo (artículo 87) marca al menos 15 días de salario. Muchas empresas dan más, por ejemplo 20 o 30 días: revisa tu contrato. Con un sueldo mensual de $12,000, el salario diario es de $400 y 15 días son $6,000.
¿Cuándo me deben pagar el aguinaldo?
Antes del 20 de diciembre, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. En 2026, a más tardar el 19 de diciembre. Tu empresa puede pagarlo antes, pero no después.
¿Me toca aguinaldo si no trabajé todo el año?
Sí. Te toca la parte proporcional a los días que trabajaste, aunque ya no trabajes ahí cuando llegue diciembre. Por ejemplo, si entraste el 1 de junio de 2026 y tu aguinaldo es de 15 días, te tocan 8.79 días de salario.
¿El aguinaldo paga impuestos?
Solo una parte. El aguinaldo está exento de ISR hasta 30 veces la UMA diaria: $3,519.30 en 2026. Sobre lo que pase de esa cantidad, tu empresa te retiene ISR según tu sueldo.
¿Tengo derecho a aguinaldo si trabajo por honorarios?
Por ley, el aguinaldo es para quienes tienen una relación de trabajo: horario, jefe y un sueldo de una empresa. Si cobras por honorarios como independiente, no aplica. Si en los hechos trabajas como empleado, puedes pedir asesoría gratuita a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
¿Qué hago si no me pagan el aguinaldo?
Primero pídelo por escrito a tu empresa y guarda tus recibos de nómina. Si no te lo pagan, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) te asesora gratis sobre cómo reclamarlo.
Actualizado el 2 de noviembre de 2026 con la UMA 2026 publicada por el INEGI y los salarios mínimos 2026 de la CONASAMI. Contenido educativo; no es asesoría laboral ni fiscal. Los resultados son estimaciones: el ISR que te retengan depende de tu sueldo y de cómo lo calcule tu empresa.